Alcances del RIGI
El RIGI es el punto de la ley de Bases más esperado por el sector privado y es señalado como uno de los motores que pueden tener las empresas para realizar grandes inversiones en un puñado de sectores beneficiados por las facilidades que otorga ese régimen. Fuentes del equipo económico aseguraron a Infobae que la reglamentación se trabajará en los próximos días y que se dará a conocer sobre el cierre de la semana. Las empresas están en alerta porque buscan garantía por parte del Gobierno, en especial los industriales, de que la redacción fina asegure que la exención de aranceles para insumos y bienes de capital no excluya al sector fabril local.
A grandes rasgos, el RIGI sostiene que durante 30 años, las exportaciones que surjan de los proyectos que ingresen a ese esquema no pagarán retenciones; tributarán sólo 25% del Impuesto a las Ganancias; podrán tomarse a cuenta de ese impuesto el 100% del impuesto al cheque y gozarán de un mecanismo de compensación de los créditos fiscales de IVA durante la etapa de construcción. A su vez, en materia cambiaria, a partir del segundo año de iniciado el proyecto podrán dejar el 20% de las ganancias fuera del país; el 40% al tercer año y luego la totalidad.
El Gobierno le puso números a las perspectivas de inversión que un sector como el de energía podría tener cuando el RIGI quede establecido en su letra chica. En una presentación reciente del vicepresidente del Banco Central Vladimir Werning en Colombia, donde participó del XIX Conferencia Anual de Estudios Económicos del Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR) en Cartagena, estimó que el rubro tiene en el horizonte inversiones potenciales por algo más de 54.000 millones de dólares. Es un número que ya había expuesto hace pocas semanas ante ejecutivos de fondos de inversión en Nueva York
Otro tema en el que trabajó el equipo económico para que sea oficializado en estas horas tiene que ver con los cambios a la ley de concesión de obra pública (la N° 17.520), también incluida en la ley de Bases. Un capítulo clave que se reglamentó este lunes en el Boletín Oficial y tiene que ver con el segmento de solución de controversias.
“Los contratos podrán prever mecanismos de prevención y solución de controversias, conciliación o arbitraje y que las discrepancias de carácter técnico o económico podrán ser sometidas a un Panel Técnico o Tribunal Arbitral. En caso de optarse por la vía del arbitraje con prórroga de jurisdicción, se prevé que la cláusula arbitral deberá ser aprobada por el Poder Ejecutivo e informada al Congreso”, resumió los cambios de la Ley Bases un informe del estudio Marval O’Farrell Mairal.
Actualmente, ante incumplimientos de contrato por parte del Estado, las empresas suelen acudir al tribunal internacional del CIADI, perteneciente al Banco Mundial. La letra chica buscará afinar ese proceso, en favor de las empresas concesionarias.