Guzmán Soria es socio de una empresa minera
El presidente del bloque de diputados justicialistas, Mario Guzmán Soria, representante del departamento Rosario Vera Peñaloza, constituyó la empresa Renca SRL. La sociedad se dedica por cuenta propia o de terceros, ya sea en el país o en el extranjero a través de sucursales, a las siguientes actividades: agropecuaria; ramos generales, como comerciales, financieras, servicios y minera. RENCA SRL EXPLORA EN FACUNDO QUIROGA
Edicto
Mario Gerardo Guzmán Soria, D.N.I. N° 13.490.644, domiciliado en Pasco s/n°, y Hugo Eduardo Vidable, D.N.I. N° 23.352.767, domiciliado en Güemes 390, convienen en constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “Renca S.R.L.”, con domicilio legal y administrativo en Benjamín de la Vega N° 421 de la ciudad y provincia de La Rioja.
Objeto Social: la sociedad se dedicará por cuenta propia o de terceros, ya sea en el país o en el extranjero a través de sucursales, a las siguientes actividades: 1) Agropecuaria; Ramos. 2) Generales: a- Comerciales, b- Financieras, c- Servicios. 3) Minera.
Plazo – Duración: la sociedad tendrá una duración de 99 años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio. Capital Social: se fija en la suma de $ 3.000,00, aportados de la siguiente manera: el 95% a cargo del Dr. Mario Guzmán Soria, y el otro 5% a cargo del Dr. Hugo Vidable.
Los aportes indicados se efectúan en dinero en efectivo. La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de ambos socios en forma conjunta.
Fecha de cierre de ejercicio: el día 31 de diciembre de cada año, a los efectos de la preparación del Balance General, Memoria e Inventario de bienes.
La Rioja, 23 de agosto de 2007.
Dra. Sara Granillo
Encargada Registro Público de Comercio
Edicto
El Dr. Víctor César Ascoeta, Juez de la Excma. Cámara Primera en lo Civil, Comercial y de Minas, Secretaría “B” a cargo de la Dra. Sara Granillo de Gómez, Secretaria, hace saber que por ante el Registro Público de Comercio se tramitan los autos caratulados: “Renca S.R.L. s/Inscripción de Cesión de Cuotas Sociales” -Expte. Nº 10.271 – Letra “R” – Año 2009, conforme Escritura Pública de fecha 31 de julio de 2009, formalizada ante el Registro Notarial Nº 4 de esta provincia, donde los socios, Dres. Mario Gerardo Guzmán Soria, D.N.I. Nº 13.490.649, domiciliado en Pasco s/nº, Bº Cochangasta, y Dr. Hugo Eduardo Vidable, D.N.I. Nº 23.352.767, domiciliado en Güemes Nº 390 de esta ciudad, ceden a favor del socio Juan Guillermo Orozco, D.N.I. Nº 14.310.696, domiciliado en calle México y Perú, Chepes, Dpto. Rosario Vera Peñalosa, sus cuotas sociales en la firma “Renca S.R.L.”, que representan al 100% del capital de la misma de la siguiente manera: El Dr. Mario Guzmán Soria transfiere el 50% del total de sus cuotas sociales, lo que hace un total de Pesos Un Mil Cuatrocientos Veinticinco ($ 1.425), todo lo transferido representa el 47,5% de la participación del Dr. Guzmán Soria en el total de la firma “Renca S.R.L.”. El Dr. Hugo Vidable transfiere e1 50% del total de sus cuotas sociales, lo que hace un total de Pesos Setenta y Cinco ($ 75), todo lo transferido representa el 2,5% de la participación del Dr. Vidable en el total de la firma “Renca S.R.L.”.
Que las cuotas sociales quedan distribuidas de la siguiente manera: El Dr. Mario Guzmán Soria con un 47,5% del Capital Social, lo que equivale a la suma de Pesos Un Mil Cuatrocientos Veinticinco. El Dr. Hugo Vidable con un 2,5% del Capital Social, lo que equivale a la suma de Pesos Setenta y Cinco ($ 75). El Sr. Juan Guillermo Orozco con un total del 50%, lo que equivale a la suma de Pesos Mil Quinientos ($ 1.500).
Publicación por un (1) día.
Secretaría, 10 de octubre de 2009.
Dra. Sara Granillo de Gómez
Encargada Registro Público de Comercio
Edicto de Cateo
Titular: “Renca S.R.L.” -Expte. N° 29 -Letra “R” -Año 2009. Denominado: “El Abra”. Departamento de Catastro Minero: La Rioja, 01 de septiembre de 2010. Señor Director: Vista la presentación realizada en Expediente N° 111-0-06 Mina Abra Grande, por su titular Sr. Orozco Juan Guillermo en donde solicita Ampliación del área de protección de la mencionada mina, este Departamento informa que por un error involuntario se procedió a graficar el presente Cateo con una superficie libre de 394 ha 0303.65 m2, (ver fojas 6, 9 y 9 vuelta) siendo que la superficie libre correcta es de 141 ha 1065.65 m2, resultantes de la superposición parcial con la mina Abra Grande, Expte. N° 111-O-06, la mencionada área libre queda comprendida entre las siguientes coordenadas Gauss Krugger (POSGAR 94) perimetrales: Y=3477838.0000 X=6514500.0000 Y=3478200.0000 X=6514500.0000 Y=3478200.0000 X=6515000.0000 Y=3478500.000 X=6515000.0000 Y=3478500.0000 X=6515869.9059 Y=3478456.3330 X=6516400.0000 Y=3476800.0000 X=6515300.0000 Y=3476600.0000 X=6515869.8980 Y=3478500.0000 X=6515869.9059 Y=3478500.0000 X=6515300.0000 Y=3476307.2000 X=6514324.0000 Y=3476838.0000 X=6514324.0000 Y=3476838.0000 X=6515324.0000 Y=3476920.0000 X=6515324.0000 Y=3476920.0000 X=6515896.0000 Y=3477211.0000 X=6515896.0000 Y=3477211.0000 X=6516369.0000 Y=3477948.0000 X=6516369.0000 Y=3477948.0000 X=6515896.0000 Y=3478350.0000 X=6515896.0000 Y=3478350.0000 X=6515324.0000 Y=3477838.0000 X=651523.0000.
Quedando en consecuencia sin efecto el informe producido anteriormente de foja (6, 9 y 9 vuelta).
Además se debe aclarar, que a los efectos de salvar lo actuado por este Departamento, se informa que la presente modificatoria del área de protección de la Mina Abra Grande Expte. N° 111-O-06, fue realizada el día 19 de junio del 2009, siendo enviada a este Departamento recién con fecha 20 de agosto del 2010, situación esta que nos impidió realizar una correcta cronologíaen la graficación, con respecto a otros derechos mineros en consecuencia de lo puntualizado, deslindo todo tipo de responsabilidad en lo actuado. La nomenclatura catastral correspondiente es: NE: 6516400.00-3478456.33-13-16-E SO: 6512500.00-3476360.00-13-16-E.
Fdo. Daniel Zarzuelo, Jefe de Catastro de Minero… Dirección Gral. de Minería: La Rioja, 17 de agosto de 2011. Visto… y Considerando… El Director de Minería, Dispone: Artículo 1°) Revóquese la Disposición T/M N° 26/10, de fecha 17 de febrero de 2010. Artículo 2°) Publíquense edictos en el Boletín Oficial de la Provincia por dos (2) veces en el espacio de diez (10) días, y fíjese cartel aviso en la pizarra de esta Dirección, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 53 del Código de Minería, llamando por el término de veinte (20) días a quienes se consideren con derecho a deducir oposiciones (Art. 25 -párrafo primero-del citado Código).
Artículo 3°) La publicación de los edictos referenciada en el punto precedente, debe ser acreditada por el solicitante dentro de veinte (20) días (Art. 41° del C.P.M. Ley N° 7.277), siguientes al de su notificación con la presentación del recibo expedido por el Boletín Oficial, y cumplida la misma, deberá presentar los ejemplares con los edictos publicado, bajo apercibimiento.
Artículo 4°) Emplázase al concesionario para que en el término de treinta (30) días, siguientes al de su notificación presente el informe de Impacto Ambiental que prescribe el Art. 251 del Código de Minería.
Artículo 5°) Notifíquese, por Escribanía de Minas, cúmplase con lo dispuesto en el punto 1º de la presente Disposición y confecciónese los edictos ordenados haciéndose entrega para su publicación. Fdo. Ing. Héctor E. Romero, Director General de Minería, La Rioja. Ante mí: Luis Héctor Parco, Escribano de Minas.
Luis Héctor Parco
Escribano de Minas
Dcción. Gral. de Minería