Mauro Zárate: declararon «Persona no grata» y lo expulsaron de Vélez
La Comisión Directiva de Vélez Sarsfield declaró «persona no grata» al delantero de Boca Mauro Zárate, y decidió expulsarlo como socio de la entidad de Liniers, a raíz de sus dichos y actitudes para con el club tras el enfrentamiento por la Copa de la Superliga.
Los máximos dirigentes de Vélez se reunieron en las oficinas del estadio «José Amalfitani» y definieron que debido a las actitudes que tuvo el delantero boquense para con la institución, lo declararon «persona no grata», pero también expulsarlo en su calidad de socio.
Las agrupaciones que impulsaron esta propuesta al presidente Sergio Rapisarda fueron «Amalfitani», «Círculo El Fortín», «V Azulada» y «Unidad Velezana». Los dirigentes se apoyan en el artículo 28 del Estatuto del club, el cual hace mención a las actitudes que los socios tienen para con la entidad. Sobre lo que dice el artículo 28 es que los dirigentes impulsaron la expulsión definitiva como socio al menor de los hermanos Zárate, más allá que Mauro se crió en las filas de «El Fortín» y llegó a ser campeón con el primer equipo.
Entre los puntos del artículo 28 hay dos que son más fuertes a la hora de la toma de decisiones de los dirigentes velezanos, como son el B y C, que hacen mención a «Inconducta notoria» y «hacer intencionalmente daño a la Institución, provocarse desórdenes graves en su seno, y observar una conducta que sea notoriamente perjudicial a los intereses sociales», respectivamente.
En la serie entre Boca y Vélez, que determinó el pase a semifinales del equipo xeneize, en la definición por penales en la Bombonera, el clima con Mauro Zárate de parte de los hinchas de Vélez fue notorio, por el hecho de haber dejado el club para continuar en el conjunto xeneize.
Incluso cuando terminó la serie, Zárate declaró que había pasado de ronda «el equipo grande», algo que molestó y mucho no solo entre los dirigentes de Vélez, sino también en el cuerpo técnico que conduce Gabriel Heinze y los jugadores, muchos de ellos ex compañeros suyos.
El artículo 28 también indica que «el recurso de apelación de la medida ante la Comisión Directiva y/o Asamblea de Representantes, no tendrá efecto suspensivo».